Se dispone que hasta el 31 de diciembre de 2027, los fondos de Estabilización y Desarrollo del Neuquén, deberán ser remitidos por el Poder Ejecutivo al Instituto de Seguridad Social del Neuquén (Se dispone que hasta el 31 de diciembre de 2027, los fondos de Estabilización y Desarrollo del Neuqu) Provincia del Neuquén
Se dispone que hasta el 31 de diciembre de 2027, los fondos de Estabilización y Desarrollo del Neuquén, deberán ser remitidos por el Poder Ejecutivo al Instituto de Seguridad Social del Neuquén Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Se dispone que, excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre de 2027, los...
- Artículo 2. Durante el período indicado en el artículo 1.° de esta ley, el stock de...
- Artículo 3. Se faculta al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía e...
- Artículo 4. Vencido el plazo establecido en el artículo 1.°, los fondos que se...
- Artículo 5. Se autoriza al Poder Ejecutivo a dictar las normas reglamentarias o...
- Artículo 6. La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín...
- Artículo 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Creación del Registro de Actos de Autoprotección, en el ámbito del Colegio de Escribanos Reconocer, registrar y jerarquizar las fiestas y eventos populares Facultad de utilización del propio producido surgido de los proyectos didáctico-productivos de las instituciones educativas Se declara el 31 de octubre de cada año como Día de las Iglesias Evangélicas Emergencia sanitaria. Extender, en forma excepcional, hasta un máximo de nueve (9) meses los plazos legales de duración de la prisión preventivaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Administrativo Río Negro Artículo 3. Competencia territorial Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 29. RECUSACION MALICIOSA Código de Procedimientos Mineros Neuquén Artículo 9. Código Procesal Penal Río Negro Artículo 245. AUDIENCIA Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 338. DOCUMENTOS POSTERIORES O DESCONOCIDOSPublique la información de sí mismo
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