Reconocer, registrar y jerarquizar las fiestas y eventos populares (Reconocer, registrar y jerarquizar las fiestas y eventos populares) Provincia del Neuquén
Reconocer, registrar y jerarquizar las fiestas y eventos populares Provincia del Neuquén
- Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto reconocer, registrar y jerarquizar las...
- Artículo 2. La autoridad de aplicación de la presente Ley es la Subsecretaría de...
- Artículo 3. A los efectos de la presente Ley, se entiende por fiestas y eventos...
- Artículo 4. Las funciones de la autoridad de aplicación son las siguientes: a)...
- Artículo 5. Se crea el Registro Provincial de Fiestas y Eventos Populares, en el ámbito...
- Artículo 6. La autoridad de aplicación debe establecer los criterios para categorizar...
- Artículo 7. El carácter de fiesta provincial se otorga por Decreto del Poder Ejecutivo...
- Artículo 8. Se prohíbe el uso de la denominación de fiesta local, regional o provincial,...
- Artículo 9. Las fiestas o eventos locales, regionales o provinciales pueden ser...
- Artículo 10. En las fiestas o eventos locales, regionales o provinciales, se debe...
- Artículo 11. Las fiestas y eventos populares deben ofrecer un espacio distintivo a los...
- Artículo 12. Las Fiestas que a la fecha de sanción de la presente Ley, se denominen...
- Artículo 13. El Poder Ejecutivo provincial debe reglamentar la presente Ley dentro de los...
- Artículo 14. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Se modifica y se amplía el ejido municipal de la ciudad Se instituye el mes de octubre como Mes de la Concientización y de las Acciones para la Inclusión Plena Se obliga a los comercios gastronómicos a ofrecer a sus clientes agua potable suficiente y gratuita Régimen jurídico del ejercicio de la profesión de ingeniero en todas sus especialidades Se otorga a las pequeñas y medianas empresas beneficios impositivos. Prórroga de la Ley3175Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Leer de nuevo
Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 727. SUSTITUCION Y REMOCION Constitución Neuquén Artículo 120. Instalación de escuelas. Alfabetizació Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 217. Operaciones técnicas Ley marco de regulación del empleo público Entre Ríos Artículo 88. Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 285. Facultad de denunciarPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios