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Código Fiscal Artículo 163 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Código Fiscal Neuquén
Artículo 163.

La base imponible para el cálculo del impuesto estará constituida por la valuación de los inmuebles, determinada de conformidad con las normas de la Ley Provincial 2217 y los coeficientes de ajuste que establezca el Poder Ejecutivo provincial. El impuesto se liquidará en función de las alícuotas que serán fijadas por la Ley Impositiva anual.

De conformidad con lo establecido en el párrafo anterior y hasta la fecha de fijación de los nuevos avalúos o coeficientes, las valuaciones mantendrán su vigencia. Los pagos de las liquidaciones expedidas en igual lapso revestirán el carácter de anticipo como pago a cuenta del impuesto anual, el que no podrá ser inferior a la suma que para cada período fiscal fije la Ley Impositiva.

Provincia del Neuquén Artículo 163 Código Fiscal
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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