Código Fiscal Artículo 9 Provincia del Neuquén
Código Fiscal Neuquén
Artículo 9. Realidad económica
Para determinar la verdadera naturaleza de los hechos imponibles, se atenderá a los actos o situaciones efectivamente realizados, con prescindencia de las formas o de los contratos del Derecho Privado en que se exterioricen.La elección de actos o contratos diferentes de los que normalmente se utilizan para realizar las operaciones económicas que el presente Código y otras leyes fiscales consideren como hechos imponibles, es irrelevante a los efectos de la aplicación del impuesto.
A este efecto se tendrán en cuenta el conjunto de circunstancias concretas que dan origen al hecho imponible, la índole de las operaciones comerciales, actividades industriales o profesionales o de las relaciones civiles que a él se refieren, la contabilidad correcta y ordenada de los contribuyentes y los usos y costumbres de la vida económica y social.
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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