Nueva Ley de Ministerios 2018 (Nueva Ley de Ministerios 2018) Provincia de Buenos Aires
Versión actualizada
Nueva Ley de Ministerios 2019Nueva Ley de Ministerios 2018 Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. De conformidad con lo dispuesto por el Capítulo IV de la Sección Quinta de...
- Artículo 2. Los siguientes Ministerios tendrán a su cargo el despacho de los asuntos del...
- Artículo 3. El Ministro Secretario de Jefatura de Gabinete de Ministros y los Ministros...
- Artículo 4. Los acuerdos que dan origen a normas conjuntas emanadas de los Ministerios...
- Artículo 5. Los actos del Poder Ejecutivo serán refrendados por el Ministro Secretario...
- Artículo 6. El Ministro será la autoridad máxima de su ministerio y no podrá serlo de...
- Artículo 7. Determinar que el Oficial Mayor, en los términos del artículo 145 de la...
- Artículo 8. El Poder Ejecutivo procederá a fijar la organización administrativa...
- Artículo 9. Las estructuras orgánico-funcionales de las jurisdicciones y entidades de la...
- Artículo 10. El Poder Ejecutivo podrá crear otras Secretarías con rango y equivalencia a...
- Artículo 11. Facultar al Gobernador a delegar en los Ministros Secretarios, en los...
- Artículo 12. Es incompatible el cargo de Ministro Secretario o equivalente con cualquier...
- Artículo 13. Las funciones o atribuciones de los Ministros Secretarios son: 1. Como...
- Artículo 14. Los Ministros Secretarios son responsables de los actos que refrendan y...
- Artículo 15. Las tareas de apoyo necesarias para la actividad del Gobernador son...
- Artículo 16. Todas las Secretarías presentes en esta ley tienen rango de Ministerio. Rige...
- Artículo 17. Son funciones comunes de todas las Secretarías las siguientes: 1....
- Artículo 18. Corresponde al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros asistir al...
- Artículo 19. Ministerio de Economía
- Artículo 20. Ministerio de Gobierno
- Artículo 21. Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos
- Artículo 22. Ministerio de Salud
- Artículo 23. Ministerio de Seguridad
- Artículo 24. Ministerio de Justicia
- Artículo 25. Ministerio de Agroindustria
- Artículo 26. Ministerio de Desarrollo Social
- Artículo 27. Ministerio de Producción
- Artículo 28. Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
- Artículo 29. Corresponde al Ministerio de Trabajo asistir al Gobernador en todo lo...
- Artículo 30. Ministerio de Gestión Cultural
- Artículo 31. Ministerio de Asuntos Públicos
- Artículo 32. Secretaría General
- Artículo 33. Secretaría de Derechos Humanos
- Artículo 34. Le corresponde a la Secretaría de Medios asistir al Gobernador en todo lo...
- Artículo 35. Secretaría Legal y Técnica
- Artículo 36. Le corresponde a la Asesoría General de Gobierno asistir jurídicamente al...
- Artículo 37. La Asesoría General de Gobierno estará a cargo de un funcionario denominado...
- Artículo 38. La Asesoría General de Gobierno es un organismo desconcentrado del Poder...
- Artículo 39. El Asesor General de Gobierno podrá delegar las funciones de su competencia,...
- Artículo 40. El personal profesional de la Asesoría General de Gobierno, tendrá el libre...
- Artículo 41. En los juicios en que la parte contraria fuere vencida en costas, los...
- Artículo 42. Las oficinas jurídicas, asesorías letradas y toda otra dependencia de los...
- Artículo 43. El Poder Ejecutivo reglamentará la organización, el funcionamiento, la...
- Artículo 44. El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), será la...
- Artículo 45. El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible estará a cargo de un...
- Artículo 46. El Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia funcionará como entidad...
- Artículo 47. El Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia tendrá el carácter de...
- Artículo 48. Crease el Organismo Provincial de Integración Social y Urbana (OPISU) como...
- Artículo 49. El Organismo Provincial de Integración Social y Urbana estará a cargo de un...
- Artículo 50. Declarar de interés prioritario provincial la reorganización de las...
- Artículo 51. El Poder Ejecutivo podrá disponer la extinción, supresión, transformación,...
- Artículo 52. A los efectos de la aplicación de la presente, se considerarán...
- Artículo 53. El Poder Ejecutivo deberá reglamentar en un plazo de ciento ochenta (180)...
- Artículo 54. Los entes descentralizados mantendrán la relación funcional con la...
- Artículo 55. Modificar el artículo 3 de la Ley Nº 6021, texto según Ley Nº...
- Artículo 56. Modificar el artículo 12 de la Ley Nº 6982 y sus...
- Artículo 57. Derogar el Decreto-Ley Nº 7533 y sus modificaciones,...
- Artículo 58. Suprimir el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires (O.C.A.B.A) y...
- Artículo 59. Derogar el artículo 11, inciso j) del Decreto Ley Nº...
- Artículo 60. Derogar la Ley Nº 14853 y toda otra norma que se oponga a la...
- Artículo 61. La presente ley entrará en vigencia el día 1º de enero de 2018
- Artículo 62. Facultar al Poder Ejecutivo a ordenar los textos de las Leyes que hayan...
- Artículo 63. Comunicar al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código de Faltas municipales Buenos Aires Artículo 64. Código Procesal Administrativo Entre Ríos Artículo 48. Incompetencia Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 439. INASISTENCIA JUSTIFICADA Ley de Ministerios Río Negro Artículo 8. Incompatibilidad laboral Código Procesal Penal Misiones Artículo 242. Obligación de TestificarPublique la información de sí mismo
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