Derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos públicos, de gestión estatal y privada (Derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos públicos, de gestión estatal y p) Provincia de Buenos Aires
Derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos públicos, de gestión estatal y privada Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Todos los educandos y educandas tienen derecho a recibir educación sexual...
- Artículo 2. El Organismo de Aplicación será el encargado del diseño de las actividades,...
- Artículo 3. A los fines de la presente ley, se entiende como educación sexual integral...
- Artículo 4. La Educación Sexual Integral será de carácter obligatorio y estará destinada...
- Artículo 5. Son funciones del Organismo de Aplicación: a) Garantizar la efectiva...
- Artículo 6. El Organismo de Aplicación, en vinculación con otros efectores del estado...
- Artículo 7. La Dirección General de Cultura y Educación deberá brindar al Consejo...
- Artículo 8. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Instituyen el día 15 de febrero de cada año como el Día del Cáncer Infantil Declaran personalidad destacada de las ciencias Creación de la Comisión Interministerial RCP Establecen obligatoriedad de una capacitación en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las autoridades y el personal que se desempeñe en las Entidades Deportivas Declaración de Ciudadana Ilustre de la Provincia de Buenos Aires a la Doctora en Física María Teresa DovaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Misiones Artículo 182. Contenido Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 638. PEDIDO DE DECLARACION DE DEMENCIA CON INTERNACION Enfermedades Poco Frecuentes (EPF). Adhesión de la Provincia a la Ley nacional 26689 Provincia del Neuquén Constitución Neuquén Artículo 106. Responsabilidad del Estado Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 89. LITISCONSORCIO FACULTATIVOPublique la información de sí mismo
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