Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 87 Provincia de Misiones
Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones
Artículo 87.
Establécese la Justicia de Paz Letrada para los Juzgados de Paz de Primera y Segunda Categoría de la Provincia de Misiones.Para ser Juez de Paz de Primera y Segunda Categoría se requiere, además de las condiciones generales establecidas en el Artículo 23 de esta Ley, poseer título de abogado expedido por universidad argentina o extranjera legítimamente admitido por la Nación.
Los cargos en los juzgados ya existentes se van cubriendo a medida que las vacantes se producen. El Superior Tribunal de Justicia puede dictar las normas de funcionamiento a los efectos de realizar las adecuaciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.
Para ejercer el cargo de Juez de Paz no letrado, se requieren las siguientes condiciones: ser mayor de edad, argentino por nacimiento o por ciudadanía, tener una residencia continua de más de cinco (5) años en el municipio por el cual es propuesto y poseer título oficial de nivel terciario o secundario. Esta última condición puede ser reemplazada con certificado de tareas en la Administración Pública, sea nacional, provincial o municipal, y por un lapso de más de cinco (5) años.
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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