Ley Orgánica de Ministerio Artículo 40 Provincia del Neuquén
Ley Orgánica de Ministerio Neuquén
Artículo 40.
Se encuentran bajo la órbita y competencia de esta secretaria:
a) La Unidad Ejecutora Provincial creada por Decreto 274/13.
b) La Corporación Forestal Neuquina S.A.
(Corfone S.A.).
c) La Corporación de Desarrollo de la Cuenca del Curi Leuvú Sapem (Cordec).
d) Artesanías Neuquinas S.E.
e) La Corporación Interestadual Pulmarí.
Provincia del Neuquén Artículo 40 Ley orgánica del Ministerio de la provincia del Neuquén. Se sustituye la Ley 3102
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Promover y garantizar el derecho al juego Provincia de Buenos Aires Código Procesal Administrativo Entre Ríos Artículo 33. Tipos Ley marco de regulación del empleo público Entre Ríos Artículo 34. Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles establecidos en la Ordenanza N° 37.597 Provincia de Entre Ríos Declaran Reserva Natural de Objetivo Definido Mixto Faunístico y Educativo al área definida Islote de la Gaviota Cangrejera o Islote del Puerto Provincia de Buenos AiresPublique la información de sí mismo
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