Declaración de interés nacional la promoción, fomento, desarrollo de la producción, comercialización Artículo 3 Nacional
Declaración de interés nacional la promoción, fomento, desarrollo de la producción, comercialización e investigación de la stevia Nacional
Artículo 3.
El Programa Nacional para el Estudio, Promoción y Desarrollo de la Stevia tendrá por objetivos:
a) Promover las características y beneficios de la stevia;
b) Asesorar en materia económica y tecnológica para mejorar y diversificar la producción a escala industrial y artesanal;
c) Promover la participación de pequeñas y medianas empresas y de entidades cooperativas en el desarrollo de emprendimientos productivos a través del empleo de stevia como materia prima;
d) Conservar la diversidad, genética original de la especie Stevia Rebaudiana Bertoni en los cultivares que difunda el programa;
e) Generar mayor valor agregado en el proceso de producción de la stevia con tecnología apropiada;
f) Asegurar un sistema de control de calidad;
g) Incluir los productos de la stevia en los planes nacionales alimentarios;
h) Difundir e informar a nivel institucional, al público en general y a los mercados nacionales e internacionales sobre los avances y desarrollos de la cadena de valor de stevia que se están cumplimentando en la República Argentina, por los distintos medios de difusión o a través de campañas organizadas al efecto;
i) Coordinar con las autoridades jurisdiccionales las normas y recomendaciones fitosanitarias y de bioseguridad que se requieran para el cuidado y seguridad de personas, de los ecosistemas y del medio ambiente con relación a estos cultivos;
j) Impulsar alianzas estratégicas con industrias agroalimentarias, fundaciones y otros, así también establecer convenios de cooperación con entidades públicas y privadas nacionales e internacionales;
k) Desarrollar estrategias para la comercialización nacional e internacional para productores de stevia;
l) Establecer convenios de cooperación con entidades públicas y privadas nacionales e internacionales.
Nacional Artículo 3 Declaración de interés nacional la promoción, fomento, desarrollo de la producción, comercialización e investigación de la stevia (Stevia Rebaudiana Bertoni)
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Leer de nuevo
Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 334. HECHOS NO CONSIDERADOS EN LA DEMANDA O CONTRADEMANDA Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones Artículo 170. Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 583. PERFECCIONAMIENTO DE LA VENTA. DESOCUPACION DEL INMUEBLE REMATADO Código Fiscal Buenos Aires Artículo 112. Crea Programa Provincial Habitacional para el Personal Policial Rionegrino con el fin de planificar y desarrollar políticas para garantizar acceso a una vivienda digna Provincia de Río NegroPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios