Creación del Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino (Creación del Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino) Nacional
Creación del Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino Nacional
- Artículo 1. Se instituye el Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo...
- Artículo 2. A los efectos del presente régimen, se entenderá: Por plataforma: a un...
- Artículo 3. Podrán solicitar la adhesión al régimen las personas jurídicas fabricantes...
- Artículo 4. Las personas jurídicas que adhieran al régimen obtendrán un beneficio sobre...
- Artículo 5. La autoridad de aplicación establecerá los bienes sujetos al beneficio,...
- Artículo 6. El beneficio previsto en el artículo 4° de la presente es aplicable,...
- Artículo 7. A efectos de acceder al régimen instituido por el artículo 1° de esta...
- Artículo 8. Las empresas productoras de los bienes incluidos en los incisos g), h) e i)...
- Artículo 9. Las empresas deberán presentar, junto con la solicitud de adhesión al...
- Artículo 10. Los beneficiarios del presente régimen, además de los requisitos que...
- Artículo 11. El Contenido Nacional (CN) correspondiente a cada uno de los bienes...
- Artículo 12. El Contenido Nacional (CN) de los bienes incluidos en el artículo 4º...
- Artículo 13. El beneficio instituido en el artículo 4° de la presente ley consiste en...
- Artículo 14. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 la adquisición de piezas...
- Artículo 15. Los beneficios señalados previamente surgirán de los respectivos...
- Artículo 16. A efectos del otorgamiento de los beneficios previstos en el Título I de la...
- Artículo 17. Los bienes referidos en el artículo 6°, cuando sean de origen importado...
- Artículo 18. Los beneficiarios de la presente ley podrán solicitar de manera anticipada...
- Artículo 19. Los bonos electrónicos de crédito fiscal emitidos en el marco de la presente...
- Artículo 20. Cuando se hubiere solicitado el beneficio respecto de una autoparte y ésta...
- Artículo 21. Se fija en diez (10) años, a partir de la fecha en que se dicte la...
- Artículo 22. El incumplimiento de las disposiciones de la presente ley dará lugar a la...
- Artículo 23. Será considerada una falta leve, la demora en la presentación de la...
- Artículo 24. Serán consideradas faltas graves: a) La omisión de presentación de la...
- Artículo 25. Ante una falta leve, la autoridad de aplicación podrá aplicar, previa...
- Artículo 26. Ante una falta grave, determinada previa instrucción de un sumario que...
- Artículo 27. La autoridad de aplicación dictará el procedimiento administrativo que...
- Artículo 28. Se designa como autoridad de aplicación de la presente ley a la Secretaría...
- Artículo 29. El costo originado por las actividades de verificación y contralor de la...
- Artículo 30. Se crea el Consejo Consultivo del presente régimen con las características...
- Artículo 31. El Consejo Consultivo tendrá las funciones y atribuciones que establezca la...
- Artículo 32. Se faculta a la Jefatura de Gabinete de Ministros a reasignar los créditos...
- Artículo 33. Las empresas que cuenten con programas de producción aprobados en el marco...
- Artículo 34. Invítase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los...
- Artículo 35. La presente ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en...
- Artículo 36. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Certificado Único de Discapacidad Aprobación del Acuerdo con el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos sobre Servicios Aéreos entre sus Respectivos Territorios Aprobación del Convenio para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta Régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Monumentos Históricos NacionalesMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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