Constitución Artículo 239 Provincia de Río Negro
Constitución Río Negro
Artículo 239. JUNTAS ELECTORALES - ATRIBUCIONES
En cada Municipio se constituye, con antelación suficiente a cada elección, una Junta Electoral integrada en la forma que determina la ley y que tiene las siguientes atribuciones:1. Confecciona los padrones municipales, de extranjeros y de juntas vecinales.
2. Juzga las elecciones municipales, siendo su resolución apelable ante la justicia electoral.
Provincia de Río Negro Artículo 239 Constitución
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Normas de procedimiento administrativo Buenos Aires Artículo 63. Código Procesal Penal Chubut Artículo 316. Continuidad, suspensión e interrupción Código Fiscal Buenos Aires Artículo 197. Código Fiscal Neuquén Artículo 185. Responsables por deuda propia Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 142. Notificación por EdictosPublique la información de sí mismo
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