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Código Procesal Administrativo Artículo 68 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Código Procesal Administrativo Neuquén
Artículo 68. Recurso de revisió

El recurso de revisión procederá:

a) Si después de dictada la sentencia se recobran o descubren pruebas decisivas que la parte ignoraba que existían o no pudo presentarlas por fuerza mayor, o porque las tenis la parte en cuyo favor se ha dictado el fallo.

b) Si la sentencia ha sido dictada apoyándose en documentos cuya falsedad ha sido declarada en un fallo, y este hecho no se denuncio en el juicio, o se resolvió después de la sentencia.

c) Si a sentencia se ha dictado fundándose en la prueba testimonial y los testigos son condenados posteriormente por falso testimonio en las declaraciones que sirvieron de fundamento a la sentencia.

d) Si se prueba con sentencia firme que existió prevaricato, cohecho o violencia al dictarse la sentencia.

El plazo para deducir el recurso es de treinta (30) días y se cuenta desde que se tuvo conocimiento de los hechos.

La tramitación del recurso se rige por las normas establecidas en el articulo anterior para el recurso de nulidad.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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