Código Procesal Administrativo Artículo 52 Provincia de Entre Ríos
Código Procesal Administrativo Entre Ríos
Artículo 52. Traslado de la demanda
Admitido el proceso, y efectuada la opción, se correrá traslado de la demanda, con citación y emplazamiento de quince (15) días a la demandada, para que comparezca y responda. Si fueran dos o más los demandados, el plazo será común. Si procediera la suspensión o ampliación respecto de uno, se suspenderá o ampliará respecto de todos.
Provincia de Entre Ríos Artículo 52 Código Procesal Administrativo
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Aprobación del Acta acuerdo entre la provincia del Chubut y las firmas gonzález tarabelli S.R.L (que bus - via tac), transportes don otto s.a., transportadora patagónica s.a. y via bariloche s.a., de ... Ley Orgánica de Ministerio Neuquén Artículo 59. Declaran a la ciudad de Carhué, Capital Provincial del Turismo Termal Provincia de Buenos Aires Ley Arancelaria que regula el ejercicio de la profesión de abogados y procuradores Buenos Aires Artículo 54. Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Pública Misiones Artículo 77.Publique la información de sí mismo
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