Código Electoral y de Partidos Políticos Artículo 176 Provincia de Río Negro
Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro
Artículo 176. Apertura del acto
Tomadas estas medidas, a las ocho (8) horas en punto, el presidente declarará abierto el acto electoral y labrará el acta de apertura llenando los claros del formulario impreso y los registros correspondientes a la mesa, que contendrán:a) Datos de la mesa.
b) Fecha y hora de apertura.
c) Nombre de las autoridades y fiscales presentes.
Esta acta será firmada por el presidente, los suplentes y los fiscales. Si alguno de éstos no estuviere, o no hubiere fiscales nombrados, o se negaren a firmar, el presidente consignará el hecho bajo su firma, haciéndolo testificar por dos electores presentes, que firmarán después de él.
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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