Imprimir

Código Electoral y de Partidos Políticos Artículo 174 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro
Artículo 174. Constitución de las mesas el día de los comicios

El día señalado para la elección por la convocatoria respectiva, deberán encontrarse a las siete y treinta (7,30) horas en el local en que debe funcionar la mesa, el presidente de los comicios y sus suplentes, el funcionario encargado de la entrega de los documentos y útiles a que se refiere el artículo 157 y los agentes de policía que se encuentren a las órdenes de las autoridades de la mesa. Si hasta las ocho y treinta (8,30) horas no se hubieren presentado los designados, en elecciones provinciales o simultáneas con municipales, el Juez de Paz designará de entre los electores de la mesa, de ser posible, nuevas autoridades. En elecciones municipales no simultáneas las designaciones las harán las Juntas Electorales.

Provincia de Río Negro Artículo 174 Código Electoral y de Partidos Políticos
Artículo 1 ...172 173 174 175 176 ...242

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse