Código de Procedimiento Penal y Correccional Artículo 180 Provincia del Neuquén
Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén
Artículo 180. Participación del Ministerio Público
El Ministerio Fiscal podrá intervenir en todos lo actos de la instrucción y examinar en cualquier momento las actuaciones. Si el agente Fiscal hubiere expresado el propósito de asistir a un acto, será avisado con suficiente tiempo y bajo constancia pero aquel no se suspenderá ni retardará por su ausencia. Cuando asista, tendrán; los deberes y las facultades que prescribe el artículo 185.
Provincia del Neuquén Artículo 180 Código Procesal Penal
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Chubut Artículo 224. Orden de detención Código Procesal Administrativo Neuquén Artículo 42. Incompetencia Ley de Procedimiento Laboral Neuquén Artículo 33. Regimen para el desarrollo de la tecnologia, produccion, uso y aplicaciones del hidrogeno como combustible y vector de energia Nacional Artículo 17. Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 613. MEDIDAS PRECAUTORIASPublique la información de sí mismo
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