Adhesión Provincial a la ley Nacional Nro. 26.485 Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales (Adhesión Provincial a la ley Nacional Nro. 26.485) Provincia de Misiones
Adhesión Provincial a la ley Nacional Nro. 26.485 Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales Provincia de Misiones
- Artículo 1. Adhiérese la Provincia de Misiones a la Ley Nacional Nro. 26.485-Ley de...
- Artículo 2. Formular expresa reserva en la adhesión al Título III-Procedimientos,...
- Artículo 3. Es Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Desarrollo...
- Artículo 4. Comuníquese al Poder Ejecutivo provincial.-
Otras regulaciones
Constitución y desafectación del bien de familia Ejercicio Profesional del Acompañamiento Terapéutico Creación del Registro para la Formación de Aspirantes a Trabajar con Niños, Niñas y Adolescentes Declaración de Interés Provincial para la Investigación, Desarrollo y Uso Sustentable de Fuentes de Energías Renovables Declaración de Patrimonio Cultural al Archivo de LT 85 TV Canal 12Mejores juristas
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Río Negro Artículo 254. Interposición Constitución Neuquén Artículo 37. Derecho al trabajo Declaración de la Emergencia pública en materia de Violencia de Género Provincia del Chubut Código Procesal Penal Río Negro Artículo 111. AUDIENCIA Y RESOLUCIÓN Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 375. INADMISIBILIDADPublique la información de sí mismo
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