Constitución y desafectación del bien de familia (Constitución y desafectación del bien de familia) Provincia de Misiones
Constitución y desafectación del bien de familia Provincia de Misiones
- Artículo 1. La afectación, modificación y desafectación del Régimen de Vivienda...
- Artículo 2. La afectación y desafectación del Régimen de Vivienda se puede otorgar en...
- Artículo 3. Las personas que se acojan a los beneficios del Régimen de Vivienda deben...
- Artículo 4. El Registro de la Propiedad Inmueble es la Autoridad Administrativa de...
- Artículo 5. Artículo derogado
- Artículo 6. Artículo derogado
- Artículo 7. Artículo derogado
- Artículo 8. Los jueces de primera instancia en lo civil y comercial son competentes en...
- Artículo 9. Todos los trámites y actos vinculados a la constitución, inscripción y...
- Artículo 10. La autoridad administrativa está obligada a prestar a los interesados...
- Artículo 11. Artículo derogado
- Artículo 12. En los juicios referentes a la transmisión hereditaria de la vivienda...
- Artículo 13. Quedan exentos de todo impuesto que deba ser percibido por el erario...
- Artículo 13 BIS. Las afectaciones constituidas bajo el Régimen de Bien de Familia de la Ley...
- Artículo 14. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nro. 25.404 Instituye Día del Provinciano Misionero Fomento a la producción de Jengibre Declaración de Monumento Natural y de Interés Público a las especies de orquídeas Isabelia Virginalis y Zygopetalum Maxillare Acceso a la Información JudicialMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Creación del Municipio de Pozo Azul en el Departamento de San Pedro Provincia de Misiones Declaran Personalidad Destacada de la Provincia al deportista Juan Eduardo Zamorano Provincia de Buenos Aires Instituye el Día de la Mujer Empresaria Misionera Provincia de Misiones Código Procesal de Familia Río Negro Artículo 191. Informe del Equipo Interdisciplinario Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 14. RECUSACION SIN EXPRESION DE CAUSAPublique la información de sí mismo
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