Adhesión provincial al Título III -Fomento a las inversiones- de la Ley Nacional 27264 -Programa de Recuperación Productiva- y a lo previsto en el Artículo 38 de la Ley Nacional 25300, Ley de fomento para la micro, pequeña y mediana empresa (Adhesión provincial al Título III -Fomento a las inversiones- de la Ley Nacional 27264) Provincia del Neuquén
Adhesión provincial al Título III -Fomento a las inversiones- de la Ley Nacional 27264 -Programa de Recuperación Productiva- y a lo previsto en el Artículo 38 de la Ley Nacional 25300, Ley de fomento para la micro, pequeña y mediana empresa Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Adhiérese al Título III -Fomento a las inversiones- de la Ley Nacional...
- Artículo 2. Adhiérese al Artículo 38 de la Ley Nacional 25300, Ley de fomento para...
- Artículo 3. Las micro, pequeñas y medianas empresas referidas en el Artículo 1° de...
- Artículo 4. Invítase a los municipios de primera categoría a adherir a la presente Ley.
- Artículo 5. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
- Artículo 6. ANEXO I
Otras regulaciones
Creación del Servicio de Mediación Familiar Proteger y fomentar los sistemas socioproductivos de la agricultura familiar, mediante políticas públicas Se autoriza al Poder Ejecutivo a contraer uno o más préstamos, con destino a financiar los proyectos ejecutivos, las obras viales integrales y la adquisición de maquinaria Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 26.872 Dirección Provincial de Personas JurídicasMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal de Familia Río Negro Artículo 121. Costas Institución del 19 de agosto de cada año como Día de la Radio Misionera Provincia de Misiones Contratos de Participación Público Privada Provincia del Chubut Ley de Ministerios Río Negro Artículo 22. Competencia del Ministerio de Turismo y Deporte Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 158. AutoPublique la información de sí mismo
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