Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 26.872 (Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 26.872) Provincia del Neuquén
Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 26.872 Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Se adhiere a la Ley nacional 26872, de cobertura de la cirugía...
- Artículo 2. La autoridad de aplicación de la presente Ley es el Ministerio de Salud o el...
- Artículo 3. El Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) debe brindar la...
- Artículo 4. A los efectos de la presente Ley, se faculta a la autoridad de aplicación a...
- Artículo 5. Se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar las actuaciones presupuestarias...
- Artículo 6. La autoridad de aplicación debe reglamentar la presente Ley en un plazo...
- Artículo 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Emergencia sanitaria. Extender, en forma excepcional, hasta un máximo de nueve (9) meses los plazos legales de duración de la prisión preventiva Se autoriza al Poder Ejecutivo provincial a realizar operaciones de crédito público Prorróga de la vigencia de la Ley 2394 Institución del día 23 de abril como Día Provincial de la Responsabilidad Social Se crea el Registro Provincial de Investigaciones Científicas y TecnológicasMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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