Declara Sitio Histórico y de Turismo Religioso de la Provincia de Río Negro al Santuario y Parque Ceferino Namuncurá, ubicado en la localidad de Chimpay. Esta Ley se encuadra en la Ley F Nº 3656 (Santuario y Parque Ceferino Namuncurá) Provincia de Río Negro
Declara Sitio Histórico y de Turismo Religioso de la Provincia de Río Negro al Santuario y Parque Ceferino Namuncurá, ubicado en la localidad de Chimpay. Esta Ley se encuadra en la Ley F Nº 3656 Provincia de Río Negro
- Artículo 1. Se declara Sitio Histórico y de Turismo Religioso de la Provincia de Río...
- Artículo 2. Se establece como marco de referencia de la presente, la Resolución del...
- Artículo 3. La presente se encuadra en los términos de los artículos 8° (inciso b...
- Artículo 4. Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Otras regulaciones
Día de la celebración del Wiñoy Tripantu o Año Nuevo Mapuche Autoriza al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación a la Municipalidad de Allen Obligación de exhibir en los establecimientos educativos y en los locales gastronómicos carteles explicativos de la Maniobra de Heimlich Regula el ejercicio de la profesión de Técnico en Emergencia Médica Adhesión de la provincia de a la Ley Nacional 27.467Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Fiscal Neuquén Artículo 261. Impuesto sobre el Valor Agregado Otorgamiento de la concesión de uso del agua pública con fines de generación hidroeléctrica, en el Canal Principal de Riego Alto Valle, en favor del Departamento Provincial de Aguas Provincia de Río N... Código Procesal Penal Chubut Artículo 279. Anticipo jurisdiccional de prueba Constitución Buenos Aires Artículo 124. Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén Artículo 207. Orden de presentacióPublique la información de sí mismo
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