Ley provincial de educación Artículo 159 Provincia de Buenos Aires
Ley provincial de educación Buenos Aires
Artículo 159.
El Consejo Escolar funcionará en las dependencias que establezca para cada caso la Dirección General de Cultura y Educación y realizará sesiones:a. Preparatorias a los efectos de cumplir con la presente Ley.
b. Ordinarias desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre, cuya frecuencia, día y hora serán establecidas por el Cuerpo en la primera que celebre, sin perjuicio de todas las demás que fueran necesarias convocadas por el presidente o su reemplazante.
c. Extraordinarias durante el mes de Enero convocadas por el Presidente o su reemplazante o por la Dirección General de Cultura y Educación cuando un asunto de interés lo exija.
d. Especiales cuando lo requiera un mínimo de un tercio de los Consejeros. En este caso la Sesión tratará solamente el asunto que motivó la Convocatoria.
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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