Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 68 Provincia de Misiones
Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones
Artículo 68.
La Defensoría de Fuero Universal N.º 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Apóstoles cesa su intervención cuando deban efectuarse presentaciones ante los magistrados competentes de la ciudad de Posadas, en cuyo caso es suplida por la Defensoría correspondiente con asiento en dicha ciudad; a excepción de las correspondientes al Fuero Penal.Establécese como Defensoría de Instrucción la actual Defensoría de Fuero Universal N.º 2 de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia, con asiento en la ciudad de Leandro N. Alem.
La Defensoría de Instrucción de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Leandro N. Alem cesa su intervención cuando deban efectuarse presentaciones ante los magistrados competentes de la ciudad de Oberá, en cuyo caso es suplida por la Defensoría correspondiente con asiento en dicha ciudad; a excepción de las correspondientes al Fuero Penal.
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Adhesión a la Ley Nacional 27.535 sobre derecho a recibir educación sobre el folklore Provincia de Río Negro Código Fiscal Buenos Aires Artículo 128. El recurso de apelación comprende el de nulidad Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro Artículo 14. Deber de votar Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro Artículo 30. Nomina personal inhabilitado Código Fiscal Buenos Aires Artículo 292.Publique la información de sí mismo
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