Ley de Financiamiento Productivo Artículo 158 Nacional
Ley de Financiamiento Productivo Nacional
Artículo 158.
Incorpórase como artículo 31 bis a la ley 20.643 y sus modificaciones el siguiente:
Artículo 31 bis: Sin perjuicio de las funciones asignadas conforme el artículo 31 de la presente ley, el Agente Depositario Central de Valores podrá, en los términos de la reglamentación que dicte la Comisión Nacional de Valores:
1. Celebrar acuerdos de cooperación con entidades del exterior que cumplan funciones similares.
2. Abrir cuentas de custodia y monetarias en el exterior para el cumplimiento de sus funciones.
3. Prestar servicios de agencia de custodia (conocido en idioma inglés como "escrowagent") en relación con la liquidación y cierre de operaciones de valores negociables que se realicen fuera de los mercados y de títulos valores que no cuenten con oferta pública.
El Agente Depositario Central de Valores deberá suministrar información a los depositantes, titulares de cuentas y demás participantes que utilicen los servicios de registro, custodia y pago sobre movimientos, saldos y afectaciones de los valores negociables registrados, en los términos y condiciones establecidos en la reglamentación de la Comisión Nacional de Valores.
El Agente Depositario Central de Valores deberá contar con procedimientos y sistemas de control de gestión adecuados para cumplir con sus funciones.
Nacional Artículo 158 Ley de Financiamiento Productivo
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 482. Apelación. Procedencia Reconoce el derecho a resarcimiento económico de los agentes de la Administración Pública Provincial cesanteados o prescindidos entre el 24-03-76 y el 10-12-83 Provincia de Río Negro Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 528. Intimación de Pago, Oposición de Excepciones Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 275. Queja por Denegación del Recurso de Inaplicabilidad de Ley Constitución Entre Ríos Artículo 37.Publique la información de sí mismo
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