Codigo Procesal Civil y Comercial Artículo 275 Provincia de Entre Ríos
Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos
Artículo 275. Queja por Denegación del Recurso de Inaplicabilidad de Ley
Cuando se dedujere queja por denegación del recurso de inaplicabilidad de ley, se observarán las reglas establecidas en los artículos 272 y 273 pero no será obligatoria la presentación de las copias junto con la interposición de la queja. El tribunal podrá exigir su presentación si lo estimare conveniente.
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 62. NOTIFICACION DE LA SENTENCIA Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 678. DIVISION EXTRAJUDICIAL Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 677. Condena de futuro Ley de Agricultura Familiar Misiones Artículo 15. Reconoce el derecho a resarcimiento económico de los agentes de la Administración Pública Provincial cesanteados o prescindidos entre el 24-03-76 y el 10-12-83 Provincia de Río NegroPublique la información de sí mismo
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