Establece a partir del 1° de Diciembre de 2006, un adicional remunerativo no bonificable (Establece a partir del 1° de Diciembre de 2006, un adicional remunerativo no bonificable) Provincia del Chubut
Establece a partir del 1° de Diciembre de 2006, un adicional remunerativo no bonificable Provincia del Chubut
- Artículo 1. Establécese a partir del 1° de Diciembre de 2006, un adicional remunerativo...
- Artículo 2. Derogado expresamente a partir del 01 de Julio de 2011 por el artículo 20 de...
- Artículo 3. Establécese a partir del 1° de Diciembre de 2006, un adicional remunerativo...
- Artículo 4. Establécese a partir del 1° de Diciembre de 2006, un adicional remunerativo...
- Artículo 5. Establécese a partir del 1° de Diciembre del 2006, un adicional remunerativo...
- Artículo 6. Ratificase el Acta Nº 1/06 suscripta por representantes del Poder Ejecutivo...
- Artículo 7. Fíjase a partir del 1º de marzo del año 2010 un adicional remunerativo no...
- Artículo 8. A los efectos establecidos en el artículo anterior, el adicional allí fijado...
- Artículo 9. Establécese que a partir del 1° de Marzo de 2007 el adicional remunerativo...
- Artículo 10. Establécese a partir del 1° Diciembre de 2006, para los agentes comprendidos...
- Artículo 11. Establécese a partir del 1° de Diciembre de 2006, un adicional remunerativo...
- Artículo 12. Ratifícase el Acuerdo Nº 04/06 C.P.P., aprobado por Resolución Nº 03277 de la...
- Artículo 13. Establécese a partir del 1º de diciembre de 2019 para el Señor...
- Artículo 14. A los efectos de calcular en tope establecido en el artículo 2° de la LEY V...
- Artículo 15. ESTABLÉCESE a partir del 1º de Marzo de 2013 que en ningún caso los agentes...
- Artículo 16. Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a adecuar e incrementar la Partidas...
- Artículo 17. LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Declaración de la Emergencia pública en materia de Violencia de Género Creación en el marco de la Ley XI - N° 18 el Área Natural Protegida Naciente del Rio Tigre Prórroga de la vigencia de la Ley I N°677 Autorizan donación de unidad automotor a la Asociación Civil Cooperadora del Hospital Rural de El Hoyo Presupuesto de Gastos del Poder Legislativo para el Ejercicio 2020Mejores juristas
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Contencioso Administrativo Buenos Aires Artículo 73. Sentencia favorable Sistema de compensación destinado a todos los trabajadores dependientes directos de ALPESCA Provincia del Chubut Constitución Misiones Artículo 68. Régimen Provincial de Coparticipación de Impuestos Nacionales y Provinciales para las Comunas Provincia de Entre Ríos Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 125. Notificaciones a los defensores y mandatariosPublique la información de sí mismo
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