Enfermedades Poco Frecuentes (EPF). Adhesión de la Provincia a la Ley nacional 26689 (Enfermedades Poco Frecuentes (EPF). Adhesión de la Provincia a la Ley nacional 26689) Provincia del Neuquén
Enfermedades Poco Frecuentes (EPF). Adhesión de la Provincia a la Ley nacional 26689 Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Se adhiere a la Ley nacional 26689, que promueve el cuidado integral de...
- Artículo 2. La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Salud o el...
- Artículo 3. Los objetivos de la Ley nacional 26689 y su Decreto...
- Artículo 4. Se crea el Registro Provincial de Personas con Enfermedades Poco Frecuentes,...
- Artículo 5. El Instituto de Seguridad Social del Neuquén debe brindar cobertura...
- Artículo 6. Se autoriza a la autoridad de aplicación de la presente ley a realizar los...
- Artículo 7. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será imputado al...
- Artículo 8. La presente ley debe ser reglamentada en un plazo máximo de noventa (90)...
- Artículo 9. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Se autoriza al Poder Ejecutivo a contraer uno o más préstamos, con destino a financiar los proyectos ejecutivos, las obras viales integrales y la adquisición de maquinaria Determinación de las bases del sistema electoral provincial y su ámbito temporal y territorial de aplicación Facultad de utilización del propio producido surgido de los proyectos didáctico-productivos de las instituciones educativas Creación de la Unidad de Promoción y Desarrollo de la Integración Fronteriza Se declara municipio de segunda categoría a la localidad de Villa PehueniaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 638. PEDIDO DE DECLARACION DE DEMENCIA CON INTERNACION Constitución Neuquén Artículo 106. Responsabilidad del Estado Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 89. LITISCONSORCIO FACULTATIVO Código Procesal Penal Misiones Artículo 297. Justificación Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 717. TESTAMENTOS OLOGRAFOS Y CERRADOSPublique la información de sí mismo
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