Establecen obligatoriedad de una capacitación en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las autoridades y el personal que se desempeñe en las Entidades Deportivas (Establecen obligatoriedad de una capacitación en la temática de género y violencia contra las mujere) Provincia de Buenos Aires
Establecen obligatoriedad de una capacitación en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las autoridades y el personal que se desempeñe en las Entidades Deportivas Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Establécese la obligatoriedad de una capacitación en la temática de género y...
- Artículo 2. Entiéndase como "Entidades Deportivas" a aquellas instituciones de...
- Artículo 3. Las autoridades de las instituciones comprendidas en el artículo 1°,...
- Artículo 4. El modo y forma de las capacitaciones obligatorias, serán establecidos por...
- Artículo 5. La autoridad de aplicación deberá: a) Establecer las directrices y los...
- Artículo 6. La autoridad de aplicación de la presente Ley será designada por el Poder...
- Artículo 7. Autorizase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias...
- Artículo 8. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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