Declárase de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el Partido de Quilmes (Declárase de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el Partido de Quilmes) Provincia de Buenos Aires
Declárase de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el Partido de Quilmes Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en...
- Artículo 2. El inmueble citado en el artículo anterior será adjudicado en propiedad a...
- Artículo 3. La Autoridad de Aplicación de la presente ley será determinada por el Poder...
- Artículo 4. Para el cumplimiento de la finalidad prevista, la Autoridad de Aplicación...
- Artículo 5. Serán obligaciones de los adjudicatarios: a) Destinar el inmueble a...
- Artículo 6. Las adjudicaciones podrán ser rescindidas por el Órgano de Aplicación por...
- Artículo 7. El monto total a abonar por cada uno de los adjudicatarios estará...
- Artículo 8. Las mejoras existentes en el inmueble a expropiar se presumen realizadas por...
- Artículo 9. Las escrituras traslativas de dominio de los bienes a adjudicar a los...
- Artículo 10. El gasto que demande la presente, será atendido con el "Fondo de Acceso...
- Artículo 11. Exceptúase a la presente ley de los alcances del Artículo 47 de la Ley...
- Artículo 12. Declárase de urgencia la presente expropiación de acuerdo a las...
- Artículo 13. Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos...
- Artículo 14. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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