Declaran Bien de Interés Histórico Cultural y se transfiere a La Comisión Provincial por la Memoria de la Provincia un inmueble ubicado en la ciudad de Quilmes (Declaran Bien de Interés Histórico Cultural un inmueble ubicado en la ciudad de Quilmes) Provincia de Buenos Aires
Declaran Bien de Interés Histórico Cultural y se transfiere a La Comisión Provincial por la Memoria de la Provincia un inmueble ubicado en la ciudad de Quilmes Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Declárase Bien de Interés Histórico Cultural de la Provincia de Buenos...
- Artículo 2. Transfiérese a título gratuito a la Comisión Provincial por la Memoria...
- Artículo 3. Procédase, en el término de 60 (sesenta) días de sancionada la presente Ley,...
- Artículo 4. El inmueble se transfiere en el estado en que se encuentra con todo lo...
- Artículo 5. La Comisión Provincial por la Memoria deberá arbitrar todos los medios...
- Artículo 6. La Comisión Provincial por la Memoria deberá utilizar el inmueble...
- Artículo 7. Establécese como objetivos del sitio para la Memoria, Defensa y Promoción de...
- Artículo 8. Establécese la formación de un Consejo del Sitio para la Memoria, Defensa y...
- Artículo 9. Defínese que el Consejo del Sitio para la Memoria, Defensa y Promoción de...
- Artículo 10. Son atribuciones del Consejo del Sitio para la Memoria, Defensa y Promoción...
- Artículo 11. En un plazo de noventa (90) días de sancionada la presente Ley y en los...
- Artículo 12. Los recursos para atender las erogaciones que demanden las actividades del...
- Artículo 13. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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