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Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Artículo 43 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Pública Misiones
Artículo 43.

Tiene derecho a la jubilación por invalidez cualquiera sea su edad y antigüedad en el servicio los afiliados que se incapacitan involuntariamente, física o intelectualmente en forma total en el desempeño de cualquier actividad compatible con sus aptitudes profesionales, siempre que la incapacidad se produzca durante la relación de trabajo, salvo el supuesto previsto en el inciso l) del Artículo 56.

La invalidez que produce en la capacidad laborativa una disminución del sesenta y seis por ciento (66%) o más se considera total.

La posibilidad de sustituir la actividad habitual del afiliado con otra compatible con sus aptitudes profesionales, es razonablemente apreciada por el Instituto de Previsión Social, teniendo en cuenta su edad, su especialización en la actividad ejercitada, la jerarquía profesional que alcanza y las conclusiones del dictamen médico, respecto al grado y la naturaleza de la invalidez.

La jubilación por invalidez tiene un carácter excepcional, no teniendo derecho quien tenga posibilidad de acceder a otro beneficio previsional.

Provincia de Misiones Artículo 43 Régimen de Jubilaciones y Pensiones y servicios de Obra Social para el Personal de la Administración Pública
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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