Declaración de utilidad pública y expropiación parte del inmueble ubicado en el Partido de Baradero (Declaración de utilidad pública y expropiación parte del inmueble ubicado en el Partido de Baradero) Provincia de Buenos Aires
Declaración de utilidad pública y expropiación parte del inmueble ubicado en el Partido de Baradero Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación parte del inmueble...
- Artículo 2. La parte del inmueble, las instalaciones, maquinarias y herramientas...
- Artículo 3. Autorízase al Poder Ejecutivo, a encomendar a la Dirección de Geodesia del...
- Artículo 4. El incumplimiento del cargo estipulado en el Artículo 2° ocasionará la...
- Artículo 5. La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será determinada por el Poder...
- Artículo 6. El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con...
- Artículo 7. Autorízase al Poder Ejecutivo a proceder a la compensación de créditos...
- Artículo 8. Exceptúese a la presente de lo establecido en el Artículo 47 de la Ley...
- Artículo 9. La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante la Escribanía...
- Artículo 10. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Declaracion de utilidad pública y expropiación de un inmueble ubicado en el partido de Avellaneda Declaración de Patrimonio Cultural Creación del Programa Provincial de Seguridad Vial para Ciclistas Regulación del funcionamiento de los establecimientos destinados al engorde intensivo de bovinos Establecen obligatoriedad de una capacitación en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las autoridades y el personal que se desempeñe en las Entidades DeportivasMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Leer de nuevo
Código Procesal Penal Misiones Artículo 499. Nuevo Juicio Código de Faltas municipales Buenos Aires Artículo 23. Ley de Protección Integral e Igualdad de Oportunidades y Equidad de Género Chubut Artículo 44. Constitución Misiones Artículo 136. Ley provincial de educación Buenos Aires Artículo 186.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios