Declaración de estado de emergencia económica, financiera y administrativa (Declaración de estado de emergencia económica, financiera y administrativa) Provincia del Chubut
Declaración de estado de emergencia económica, financiera y administrativa Provincia del Chubut
- Artículo 1. La Provincia del Chubut declara el estado de emergencia económica,...
- Artículo 2. El estado de emergencia se declara por el plazo de dieciocho (18) meses...
- Artículo 3. Por el plazo establecido en el artículo 2°, se suspenden los pagos y...
- Artículo 4. Cualquiera sea la naturaleza del crédito, en virtud de la emergencia...
- Artículo 5. Vencido el plazo de las suspensiones dispuestas, el Juez interviniente...
- Artículo 6. Facúltese al Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio que determine la...
- Artículo 7. En virtud de la emergencia declarada, que a los efectos de esta norma se...
- Artículo 8. El Poder Ejecutivo podrá establecer regímenes generales o especiales de...
- Artículo 9. Facultase al Poder Ejecutivo para celebrar acuerdos transaccionales y...
- Artículo 10. Suspéndase los ingresos al estado provincial bajo cualquier modalidad de...
- Artículo 11. Establézcase la readecuación de los límites máximos en la liquidación y pago...
- Artículo 12. Facultase al Gobernador a disponer las reestructuraciones presupuestarias...
- Artículo 13. A partir de la vigencia de la presente ley, los recursos a que alude el...
- Artículo 14. Suspéndase a partir de la vigencia de la presente ley el destino dado...
- Artículo 15. Declárase la esencialidad de los servicios alimentarios y comedores...
- Artículo 16. Las disposiciones de la presente ley son de orden público y regirán por el...
- Artículo 17. Abrogase la Ley VII N° 91 y su respectiva prorroga...
- Artículo 18. Invitase a los Municipios y Comisiones de Fomento a adherir a esta prórroga.
- Artículo 19. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Incrementa en un TRECE POR CIENTO los sueldos básicos del personal Declaración de Duelo Provincial por el lapso de dos (2) dias, ante el deceso de los ciudadanos chubutenses Veteranos de Guerra Declárase de interés público el estudio, prevención y tratamiento de la hemopatía constitucional hereditaria de carácter recesivo denominada hemofilia Promoción de la actividad turística rural Operaciones de leasingMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Declaración de Ciudadana Ilustre de la Provincia a la poeta, ensayista y lingüista Ivonne Bordelois Provincia de Buenos Aires Constitución Misiones Artículo 66. Autorización al Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda a donar a la Municipalidad de Concordia, cuatro inmuebles de su propiedad, destinados a calles, del Grupo Habitacional Concordia 126 Viv... Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 221. Allanamiento de otros locales Código Procesal Penal Misiones Artículo 503. CompetenciaPublique la información de sí mismo
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