Código Procesal Laboral Artículo 112 Provincia de Entre Ríos
Código Procesal Laboral Entre Ríos
Artículo 112.
Si el demandado negare infundadamente el vínculo invocado por el actor o la firma de un documento, y éstos quedaren acreditados con la producción de las restantes medidas preparatorias iniciada la ejecución, el Tribunal al proceder a su examen, impondrá al ejecutado una multa en favor del ejecutante, no superior al 20% del monto de la deuda, que aquel dará a embargo, como requisito de la admisibilidad de las excepciones. Si no las opusiere, el importe de la multa se sumará al capital a los efectos del cumplimiento de la sentencia de remate.
Provincia de Entre Ríos Artículo 112 Código Procesal del Trabajo
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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