Código Fiscal Artículo 295 Provincia del Neuquén
Código Fiscal Neuquén
Artículo 295.
No pagarán tasas por servicios fiscales del Registro de la Propiedad Inmueble:1) Las divisiones y subdivisiones de hipotecas y las modificaciones en la forma de pago del capital o capital e intereses, siempre que no modifiquen los plazos contratados.
2) Las inhibiciones voluntarias dadas como garantías de créditos fiscales.
3) Las declaraciones o rectificaciones que corrijan errores imputables a la Administración.
4) Las transferencias de dominio de tierras fiscales, en los casos en que el Impuesto de Sellos correspondiente no supere la suma establecida en la Ley Impositiva.
5) El Estado nacional, el Estado provincial, los municipios y comisiones de fomento de la Provincia, sus dependencias, reparticiones autárquicas y descentralizadas, en trámites en los que el Poder Judicial participe.
Provincia del Neuquén Artículo 295 Código Fiscal
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 60. Efectos Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 550. Depósito de los Importes Percibidos por el Martillero Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones Artículo 126. Ley Orgánica del Poder Judicial Misiones Artículo 199. Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 254. Prueba y AlegatosPublique la información de sí mismo
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