Código Fiscal Artículo 176 Provincia del Neuquén
Código Fiscal Neuquén
Artículo 176. Emprendimientos urbanísticos
Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, los emprendimientos urbanísticos encuadrados legalmente en el régimen de la Ley 13.512, o en el régimen especial de loteos, tributarán sobre la mayor fracción hasta los primeros cinco (5) períodos fiscales a partir de la primera registración parcial del plano correspondiente ante la Dirección Provincial de Catastro e Información Territorial.
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 386. Documento en poder de una de las partes Código Fiscal Buenos Aires Artículo 180. Código Fiscal Buenos Aires Artículo 256. Producción agropecuaria. Proteger y fomentar los sistemas socioproductivos de la agricultura familiar, mediante políticas públicas que fomenten el acceso a la tierra, al agua y a demás bienes esencial... Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 223. INTERVENTOR-RECAUDADORPublique la información de sí mismo
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