Código Fiscal Artículo 16 Provincia del Neuquén
Código Fiscal Neuquén
Artículo 16. Delegación de atribuciones y facultades
El director provincial podrá delegar sus atribuciones y facultades en funcionarios dependientes, de manera general o especial.
El director provincial determinará qué funcionarios y en qué medida lo sustituirán, además del subdirector provincial, en sus funciones de juez administrativo.
El director provincial, en todos los casos en que se autorice la intervención de otros funcionarios como jueces administrativos, podrá arrogarse por vía de superintendencia el conocimiento y decisión de las cuestiones planteadas. Las designaciones de funcionarios que sustituyan al director y subdirector provincial deberán recaer en funcionarios que cumplan con las mismas condiciones fijadas en el artículo 13 del presente Código.
Provincia del Neuquén Artículo 16 Código Fiscal
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios