Código Fiscal Artículo 347 Provincia de Buenos Aires
Código Fiscal Buenos Aires
Artículo 347.
Autorízase al Poder Ejecutivo a ordenar el texto del Código Fiscal por intermedio del Ministerio de Economía y a rectificar las menciones que correspondan, cuando se introduzcan modificaciones que por su naturaleza justifiquen dicho procedimiento a efectos de facilitar la correcta aplicación de sus normas.
Provincia de Buenos Aires Artículo 347 Código Fiscal
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Ley de Agricultura Familiar Misiones Artículo 6. Estatuto del personal docente de la Provincia Buenos Aires Artículo 14. Ley de Ministerios 2023 Provincia de Río Negro Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 581. Reglas Aplicables Incrementa en un TRECE POR CIENTO (13,00%) los sueldos básicos del personal comprendido en la Ley I Nº 341 (antes Ley Nº 5.647) Provincia del ChubutPublique la información de sí mismo
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