Código Electoral y de Partidos Políticos Artículo 207 Provincia de Río Negro
Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro
Artículo 207. Comprobación de irregularidades
A petición de los apoderados de los partidos, el Tribunal podrá anular la elección practicada en una mesa, cuando:a) Se compruebe que la apertura tardía o la clausura anticipada de los comicios privó maliciosamente a electores de emitir su voto.
b) No aparezca la firma del presidente o autoridad que presidió el comicio en el acta de apertura o de clausura, en su caso, en el certificado de escrutinio y no se hubieren cumplimentado tampoco las demás formalidades prescriptas por esta Ley.
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Régimen de Patrocinio y Tutoría del Deporte Río Negro Artículo 20. Funciones Ley Procesal de Familia Entre Ríos Artículo 155. Cuota extraordinaria Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 330. Forma de la demandada Ley de Financiamiento Productivo Nacional Artículo 22. Ley Procesal de Familia Entre Ríos Artículo 35. Medidas preparatorias. EnumeraciónPublique la información de sí mismo
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