Código de Procedimientos Mineros Artículo 48 Provincia del Neuquén
Código de Procedimientos Mineros Neuquén
Artículo 48. Apelación
Las Resoluciones que denieguen las solicitudes de Canteras, serán apelables dentro de los cinco (5) años de notificadas, con sujeción a lo dispuesto en el Artículo 25
Provincia del Neuquén Artículo 48 Código de Procedimientos Mineros
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Leer de nuevo
Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 526. Rectificación Creación del Colegio de Opticos Provincia de Entre Ríos Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 228. Interceptación de correspondencia. Examen. Secuestro Ley marco de regulación del empleo público Entre Ríos Artículo 96. Declaran personalidad destacada de la cultura de la Provincia al compositor, músico y productor musical Gustavo Santaolalla Provincia de Buenos AiresPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios