Código de Procedimiento Penal y Correccional Artículo 502 Provincia del Neuquén
Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén
Artículo 502. Audiencia abreviada
Cuando el tribunal accediere al juicio abreviado fijará una audiencia preliminar, con intervención del Fiscal, el imputado, su defensor y la parte querellante.Luego de la apertura, el Fiscal y la parte querellante expondrán sintéticamente los hechos, las pruebas recogidas durante el sumario y la calificación jurídica, solicitando la pena a imponer. Luego la defensa expresará sus conclusiones. El imputado podrá solicitar que se lo oiga en cualquier momento de la discusión.
Los elementos de prueba recogidos en el sumario e invocados por las partes se tendrán por incorporados directamente al debate, salvo que se solicite la exclusión de alguno, en cuyo caso el tribunal decidirá lo que corresponda. Si se considera necesario, podrá disponerse la lectura íntegra de los documentos o declaraciones que se indiquen.
Provincia del Neuquén Artículo 502 Código Procesal Penal
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Leer de nuevo
Usuario Escudero patricia Código Procesal Civil y Comercial Entre Ríos Artículo 332. Forma de Deducirlas, Plazos y Efectos Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 317. Resolución Normas de procedimiento administrativo Buenos Aires Artículo 119. Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 791. Medidas de ejecuciónPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios