Código de Procedimiento Penal y Correccional Artículo 500 Provincia del Neuquén
Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén
Artículo 500. Oposició
El Fiscal, el querellante y la defensa podrán oponerse a la abreviación de la instrucción exclusivamente por los motivos previstos en el artículo 498, indicando en su caso, las diligencias de prueba cuya ejecución se pretende durante la instrucción y las razones que hacen imposible o inconveniente su producción durante el juicio. La oposición deberá deducirse en el término de tres (3) días.El Juez resolverá la oposición de inmediato y sin sustanciación, aceptando o rechazando la pretensión. Sólo en caso de rechazo, y en el plazo de tres (3) días, podrá deducirse apelación.
Si no hubiere oposición o esta hubiera sido rechazada, el Juez correrá la vista del artículo 311 o, en su caso, examinará el pedido de suspensión del proceso a prueba en la forma prevista en los artículos 310 bis y siguientes.
Provincia del Neuquén Artículo 500 Código Procesal Penal
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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