Código de Procedimiento Penal y Correccional Artículo 312 Provincia del Neuquén
Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén
Artículo 312. Dictame
La parte querellante y el agente Fiscal manifestarán al expedirse:1 - Si la instrucción está completa o, en caso contrario, qué diligencias considera necesarias.
2 - Cuando la estimare completa, si corresponde sobreseer, disponer la suspensión del juicio a prueba o la elevación a juicio.
El requerimiento de elevación a juicio deberá contener, bajo pena de nulidad, los datos personales del imputado, una relación clara, precisa y circunstanciada de los hechos, su calificación legal y una exposición sucinta de los motivos en que se funda.
El Fiscal, asimismo, deberá expresar si pretende la aplicación de una pena superior a los tres (3) años de pena privativa de libertad.
Provincia del Neuquén Artículo 312 Código Procesal Penal
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Nuevas escalas salariales para funcionarios y empleados del Tribunal de Cuentas Chaco Artículo 2. Código Procesal Civil y Comercial Río Negro Artículo 413. CONTENIDO DE LAS CONTESTACIONES Constitución Río Negro Artículo 24. DERECHO DE ASOCIACION POLITICA Código Fiscal Entre Ríos Artículo 103. Ley Procesal de Familia Entre Ríos Artículo 48. PresupuestosPublique la información de sí mismo
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