Codigo de Procedimiento en Materia Penal Provincia de Santiago del Estero
Codigo de Procedimiento en Materia Penal Provincia de Santiago del Estero
- Artículo 1. El nuevo Código de Procedimiento Penal Ley N° 6.941 entrará a regir en...
- Artículo 2. A los fines de la presente Ley se denomina período de transición el lapso de...
- Artículo 3. Definición
- Artículo 4. Reglas
- Artículo 5. Comité de Gestión de Conclusión de Causas
- Artículo 6. Estructura Judicial de Conclusión de Causas
- Artículo 7. Normas Aplicables
- Artículo 8. Fin del Período de Transición
- Artículo 9. Excepciones
- Artículo 10. Listado de Causas
- Artículo 11. Recursos
- Artículo 12. Vocales de Cámara
- Artículo 13. Jueces de Instrucción, Magistrados del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa
- Artículo 14. Programa de Capacitación para el Nuevo Sistema de Justicia Penal
- Artículo 15. Plazo Excepción
- Artículo 16. Para el cumplimiento y puesta en marcha de la presente Ley se faculta como...
- Artículo 17. Las erogaciones que demande la instrumentación e implementación del nuevo...
- Artículo 18. Implementación y denominación de Juzgados
- Artículo 19. Aplicación de Mecanismos
- Artículo 20. Transferencia de Empleados
- Artículo 21. Transferencia de Cargos y Cambio de Funciones
- Artículo 22. Comisión de Implementación
- Artículo 23. Derógase el Artículo 570° de la Ley 6.941 debiéndose estar a los plazos...
- Artículo 24. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Código Fiscal Código Procesal Penal Código ElectoralMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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