Código Contencioso Administrativo Artículo 67 Provincia de Buenos Aires
Código Contencioso Administrativo Buenos Aires
Artículo 67. Caracterización general. Opción
(ex artículo 68 renumerado por Ley 13.101).
1. La parte actora, en su primera presentación, solicitará que la pretensión tramite por el proceso reglado en el presente Capítulo. La demandada podrá oponerse a ello, dentro de los primeros cinco (5) días de notificado el traslado de la demanda. Esta oposición suspenderá el plazo para contestar la demanda y formular excepciones.
2. El juez resolverá sobre la procedencia de la vía, como única cuestión de previo y especial pronunciamiento.
3. En el caso que se hiciera lugar a la oposición, el juez resolverá la tramitación del proceso por las reglas del proceso ordinario, confiriéndose a la actora un plazo de treinta (30) días para adecuar la demanda, la que proseguirá su curso procesal de conformidad a las normas previstas en el Título I del presente Código.
Provincia de Buenos Aires Artículo 67 Código Contencioso Administrativo
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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