Autorización al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por la Municipalidad de Diamante (Autorización al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el ofrecimiento de donaci) Provincia de Entre Ríos
Autorización al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por la Municipalidad de Diamante Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, a aceptar el...
- Artículo 2. El terreno donado conforme lo dispuesto en el Artículo Io es destinado para...
- Artículo 3. Facúltase a Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites conducentes...
- Artículo 4. Comuniqúese, etcétera
Otras regulaciones
Día de la Concientización para la Prevención y Reducción de los Desastres Naturales Institúyase el segundo sábado del mes de mayo de cada año, como día de conmemoración del Síndrome Cornelia de Lange Violencia de género en el sector público. Licencias especiales Autorización al Superior Gobierno de la Provincia a aceptar la donación formulada por la Municipalidad de Viale Autorización al Poder Ejecutivo Provincial a aceptar ofrecimiento de donaciónMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 456. Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 299. CONSECUENCIA DE LA DECISION Ley de Ministerios Río Negro Artículo 6. Acuerdo General Declaran Reservas Naturales Integrales a las islas existentes, a las islas en formación y a formarse de la Primera Sección del Delta del Río de la Plata a en jurisdicción del partido de San Isidro Pro... Código de Procedimientos Mineros Neuquén Artículo 36. DE LAS MINAS CADUCAS, ABANDONADAS Y VACANTESPublique la información de sí mismo
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