Adhiere a la Ley Nacional Nº 27191 - Régimen de Fomento Nacional (Adhiere a la Ley Nacional Nº 27191) Provincia de Río Negro
Adhiere a la Ley Nacional Nº 27191 - Régimen de Fomento Nacional Provincia de Río Negro
- Artículo 1. Adhiérese a la ley nacional 27191 modificada por el DNU 882/2016,...
- Artículo 2. Facúltase a la Agencia de Recaudación Tributaria a dictar las...
- Artículo 3. Invítase a los municipios de la Provincia de Río Negro a adherir a la ley...
- Artículo 4. Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Otras regulaciones
Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2019 de la Ley J-4395 Adhesión de la provincia a la ley nacional N° 26811 Día de la persona enferma de Miastenia Gravis Regulación de la intervención provincial frente al cambio climático y reducción de gases de efecto invernadero Cooparticipación provincial de impuestos a los municipiosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Ley de Ministerios Chubut Artículo 21. DE LA SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA Y MODERNIZACIÓN DEL ESTADO Ley Orgánica del Poder Judicial Entre Ríos Artículo 56. Competencia material Código Fiscal Buenos Aires Artículo 149. Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro Artículo 128. Orden de lista Ley Procesal de Familia Entre Ríos Artículo 70. Demanda y contestación conjuntaPublique la información de sí mismo
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