Regular la formación y ejercicio del trabajo de la profesión de guardavidas (Regular la formación y ejercicio del trabajo de la profesión de guardavidas) Provincia de Buenos Aires
Regular la formación y ejercicio del trabajo de la profesión de guardavidas Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto: a. Regular la formación y ejercicio...
- Artículo 2. Ámbito de aplicación territorial
- Artículo 3. Del trabajador Guardavidas
- Artículo 4. Actividad de riesgo
- Artículo 5. Definiciones
- Artículo 6. Habilitación
- Artículo 7. Derechos del trabajador guardavidas
- Artículo 8. Obligaciones del trabajador guardavidas
- Artículo 9. Créase, en el ámbito del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, la...
- Artículo 10. La Comisión Provincial de Guardavidas se constituirá en Autoridad de...
- Artículo 11. Establécese que, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, la...
- Artículo 12. Fíjase como período mínimo de prestación de servicios de temporada, el de...
- Artículo 13. El sueldo mínimo será el que surja de la paritaria gremial.
- Artículo 14. Para todo efecto de la relación laboral la función como guardavidas será...
- Artículo 15. Al personal designado en carácter de Guardavidas se le reconocerá sin...
- Artículo 16. HORARIOS
- Artículo 17. El franco no gozado será remunerado.
- Artículo 18. Los titulares de las instalaciones relativas a ambientes acuáticos y los...
- Artículo 19. Es facultad y responsabilidad del empleador la implementación de los...
- Artículo 20. Es potestad del órgano de aplicación determinar en cada caso y para cada...
- Artículo 21. INDUMENTARIA REGLAMENTARIA
- Artículo 22. ELEMENTOS DE SEGURIDAD
- Artículo 23. Es potestad del órgano de aplicación determinar las características...
- Artículo 24. Bajo ningún concepto se podrá asignar tareas de Guardavidas a postulantes...
- Artículo 25. La Autoridad de Aplicación, será la encargada de supervisar, controlar,...
- Artículo 26. Al término de cada temporada el empleador procederá a asentar en la libreta...
- Artículo 27. Para desempeñarse como Guardavidas-Timonel en los sectores y/o lugares donde...
- Artículo 28. Se considera Guardavidas-Timonel a los fines de la presente, al conductor de...
- Artículo 29. Los Guardavidas-Timoneles gozarán de los mismos derechos y obligaciones que...
- Artículo 30. Cualquier situación no prevista en la presente ley será resuelta en última...
- Artículo 31. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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