Regulación de la actividad de los acompañantes terapéuticos Artículo 18 Provincia del Neuquén
Regulación de la actividad de los acompañantes terapéuticos Neuquén
Artículo 18.
Se faculta a la autoridad de aplicación para suscribir los convenios que estime necesarios para cumplir con la presente Ley.
Provincia del Neuquén Artículo 18 Regulación de la actividad de los acompañantes terapéuticos
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 338 bis. Integración del juicio por jurados. Condiciones. Impedimentos. Remuneración Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 348. CITACION DEFECTUOSA Constitución Neuquén Artículo 157. Función pública. Prohibiciones Ley Arancelaria que regula el ejercicio de la profesión de abogados y procuradores Buenos Aires Artículo 20. Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 683. EFECTOSPublique la información de sí mismo
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