Régimen Provincial de Regulación de la instalación y utilización de Videocamaras y/o sistemas de captación de imágenes destinadas a mantener y preservar la seguridad ciudadana (Régimen Provincial de Regulación de la instalación y utilización de Videocamaras) Provincia de Misiones
Régimen Provincial de Regulación de la instalación y utilización de Videocamaras y/o sistemas de captación de imágenes destinadas a mantener y preservar la seguridad ciudadana Provincia de Misiones
- CAPITULO I
- Artículo 1. La presente Ley regula en la Provincia de Misiones la instalación y...
- Artículo 2. La utilización de videocámaras está regida por el principio de...
- Artículo 3. La Autoridad de Aplicación no puede utilizar videocámaras para tomar...
- Artículo 4. Las referencias a videocámaras contenidas en esta Ley, se entienden hechas a...
- Artículo 5. La captación y almacenamiento de imágenes en los términos previstos en esta...
- CAPITULO II
- Artículo 6. La obtención de imágenes según lo establecido en la presente Ley no tiene...
- Artículo 7. El acceso a toda información obtenida como consecuencia de las grabaciones...
- Artículo 8. Las personas que sean responsables de los sistemas de seguridad basados en...
- Artículo 9. Las grabaciones deben ser conservadas por lo menos treinta (30) días...
- Artículo 10. Las autoridades municipales y/o a los particulares alcanzados por esta Ley,...
- Artículo 11. Todo sistema de captación de imágenes debe inscribirse en el Registro que a...
- Artículo 12. Salvo orden en contrario por parte de autoridad judicial, la existencia de...
- Artículo 13. Los propietarios de los bienes afectados por las instalaciones reguladas en...
- Artículo 14. Aquellos establecimientos privados que instalen videocámaras en los espacios...
- Artículo 15. Los titulares de establecimientos privados que posean cámaras de...
- Artículo 16. La instalación y el uso de videocámaras por parte de los particulares estará...
- Artículo 17. Los sistemas de captación de imágenes por videocámaras existentes al momento...
- Artículo 18. La Autoridad de Aplicación mantendrá actualizado un Registro de Proveedores...
- CAPITULO III
- Artículo 19. El Ministerio de Gobierno será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley
- Artículo 20. Los gastos que demanda el cumplimiento de la presente Ley provienen de:...
- Artículo 21. La presente Ley es orden público pues está destinada a mantener y preservar...
- Artículo 22. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
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la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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